Preguntas Frecuentes
¿Debe un producto de construcción llevar el marcado CE después del 30/06/2013?
Para vender un producto de construcción en la Unión Europea (EU) después del 30/06/2013, el fabricante tiene la obligación de emitir una Declaración de Prestaciones (DdP) y colocar el marcado CE si:
- El producto está cubierto por una Norma Europea Armonizada y ha finalizado el periodo de coexistencia,
o bien,
- Si se ha emitido una Evaluación Técnica Europea para el producto.
NOTA: Si es aplicable alguna de las excepciones establecidas en el Artículo 5 del Reglamento de Productos de Construcción, el fabricante puede abstenerse de emitir una DdP y fijar el marcado CE. Esta es una decisión que deberá tomar el fabricante, que puede emitir una DdP, y colocar el marcado CE, incluso en estos casos.